Autorizan a ONG’s a cultivar cannabis para pacientes registrados

El Gobierno nacional dio un nuevo paso en materia de acceso al cannabis medicinal al autorizar a las ONG a cultivar para proveer a pacientes debidamente registrados, según se desprende de una resolución publicada en el Boletín Oficial

De acuerdo a lo precisado por las autoridades, el objeto de esta modificación es “simplificar los pasos para garantizar el acceso a los tratamientos a los usuarios de cannabis con fines medicinales, terapéuticos y paliativos”.




Por eso se resolvió incorporar a las organizaciones civiles como terceras personas autorizadas a cultivar para provisión de un paciente, siempre y cuando las mismas estén también registradas en el Reprocann.

Así, la resolución firmada por la ministra de Salud Carla Vizzotti, estableció rangos permitidos de plantas florecidas y extensión de superficie cultivada para las ONG’s.

 

 

Cada ONG inscripta en el Reprocann podrá representar bajo el rol de cultivador como máximo a 150 personas. En aquellos casos en que se supere esa cantidad de vinculaciones, se podrá solicitar la autorización por vía administrativa.

En cuanto a la cantidad de plantas florecidas, es la misma que para los cultivadores solidarios, es decir, de 1 a 9 por persona representada, lo que en metros cuadrados cultivados incluye hasta 6 m2 para cultivo interior, y hasta 15 m2 para el cultivo exterior, por predio. En tanto, a los fines del cultivo, las ONG podrán registrar múltiples predios.

También se precisó que para el transporte por vehículo, se permite entre 1 y 6 frascos de 30 ml o hasta 40 gramos de flores secas o hasta la cantidad de plantas autorizadas por persona representada.

 



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