El Gobierno nacional presentó el proyecto de ley ‘Cuidar en Igualdad’ que extiende las licencias por maternidad y paternidad; también crea nuevas por adopción y modifica otras. En el marco de la creación del Sistema Integral de Políticas de Cuidados de Argentina, los costos estarán a cargo de la seguridad social y no de empleadores.
La iniciativa se enviará esta semana al Congreso y los detalles fueron anunciados por el presidente Alberto Fernández.
En definitiva, se trata de reconocer el derecho de todas las personas a recibir y brindar cuidados, así como también al autocuidado. Para esto, se estipula un conjunto de políticas y servicios y se modifica el régimen de licencias público y privado.
El proyecto de ley para establecer el sistema integra de cuidados no implica ningún incremento de costos para empleadores dado que se prevé que las nuevas licencias y la extensión de las vigentes sean financiadas por la seguridad social.
Extensión de licencias
En concreto, se propone extender la licencia para personas gestantes de 90 a 126 días y ampliar licencias para personas no gestantes, de 2 a 90 días.
La iniciativa utiliza los términos ‘licencia para persona gestante’ (reemplaza licencia por maternidad) y ‘licencia para persona no gestante’ (reemplaza licencia por paternidad) para incluir a todas las identidades de género y composiciones familiares.
El aumento de las licencias para personas no gestantes se prevé progresivo: a partir de la entrada en vigencia de la ley se elevará la licencia a 15 días; luego de dos años, a 30; después de cuatro, a 45; tras seis años, a 60 días, y al cumplirse ocho años de la ley, la licencia será de 90 días.
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— Telégrafo (@telegraficos) April 28, 2022
Además, el proyecto crea la licencia para quienes decidan adoptar y por adopción. En este caso, será de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para facilitar trámites y encuentros con niñas, niños o adolescentes en situación de adopción. En caso de adopción, se considera una licencia de 90 días.
Tratamientos y menores a cargo
La propuesta incluye la creación de una licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida; y la extiende de 3 a 10 días en el caso que tuviesen hijos e hijas menores de edad a cargo.
Asimismo, incorpora extensiones de las licencias para hijas e hijos con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples; nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas.
Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por 30 días por cada hija o hijo a partir del segundo. En nacimientos prematuros la licencia se ampliará a 30 días.
En caso de nacimiento o adopción de niñas, niños o adolescentes con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia será de 180 días.
Monotributistas y autónomos
El proyecto reconoce el derecho a cuidar a monotributistas, monotributistas sociales y autónomos. Será a través de la creación de una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción.
El monto de la asignación consistirá en el pago mensual del salario mínimo vital y móvil.
El mismo régimen se establece para personal de casas particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.
Además, se elimina la presunción de renuncia si el personal gestante, no gestante y adoptante no se reincorpora a su empleo luego de vencidos los plazos de licencia. El empleador deberá cursar intimación y ya no podrá asumir que la persona renunció.
Licencias por fallecimientos
Por otra parte, propone ampliar la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente -esta figura se agrega- y por hijas e hijos, que pasa de 3 a 5 días; en tanto amplía la licencia por fallecimiento de hermanas y hermanos de de 1 a 3 días.
De igual manera, crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año.
También crea la licencia por violencia de género que será de hasta un máximo de 20 días por año.
Otra novedad es que se incluyen los meses de licencia en el cálculo previsional como meses aportados.