El Senado revirtió el veto de Milei a la ley de emergencia en discapacidad

El Gobierno de Javier Milei sufrió una nueva derrota este jueves en el Senado, el cual revirtió el veto a la ley de emergencia en discapacidad. Así, el Presidente deberá promulgar y aplicar la norma. 

Cabe recordar que la Cámara de Diputados ya había dado media sanción a la insistencia de la ley. El dato: hace 22 años que el Congreso no rechazaba un veto presidencial. La última vez que esto sucedió fue en marzo de 2003, durante el mandato transitorio de Eduardo Duhalde, tras la renuncia de Fernando de la Rúa pos crisis de 2001.

 

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En la sesión de este jueves y para revertir el veto de Milei a la ley de emergencia en discapacidad, se contó con la voluntad de 63 senadores. Quienes se inclinaron por sostener la norma pertenecen al interbloque peronista, aunque también se contó con el apoyo de legisladores de la UCR, del PRO y de los bloques provinciales.

Al oficialismo de La Libertad Avanza, en tanto, lo acompañaron también la senadora del PRO Carmen Álvarez Rivero y Francisco Paoltroni. La negativa solo consiguió siete votos. 

¿Qué establece la ley?

La ley de emergencia en discapacidad se aprobó luego de que la gestión de Milei implementara un brutal recorte sobre el área. Esto no solo implicó la baja de pensiones para muchos beneficiarios, sino también falta de pago a transportistas, acompañantes terapéuticos, medicamentos y demás.

La primera aprobación y el posterior veto del Presidente se dio incluso antes de que estallara el escándalo de las coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad, que dejó a la secretaria general de la presidencia, Karina Milei, en el centro de la tormenta.

 

 

Ahora con la insistencia, el Ejecutivo deberá promulgar la norma que declara la emergencia hasta el 31 de diciembre del 2026, prorrogable hasta 2027. También fija una actualización de las prestaciones para compensar la diferencia entre los valores actuales y la inflación desde el 2023 a la fecha.

Según reseñó la agencia Noticias Argentinas, un punto clave de esta ley es que las 200 mil contribuciones por invalidez serán equivalentes al 70% del haber mínimo jubilatorio. Así, las personas que cobran este beneficio podrán trabajar mientras que no supere los dos salarios mínimos.

Otro eje central es que se deberá saldar la deuda con los prestadores y actualizar mensualmente los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas, de acuerdo a los índices de la inflación que informa el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).


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