Obra en Mar de Cobo: qué pasa con el pedido de Luciano Castro y Griselda Siciliani

La municipalidad de Mar Chiquita ofreció precisiones sobre la situación en la que se encuentra el pedido de Luciano Castro y Griselda Siciliani para comenzar la construcción de una vivienda en Mar de Cobo. Solicitaron una excepción al Código de Ordenamiento Territorial

Vale remarcar que el proyecto se encuentra en tratamiento en el Concejo Deliberante y se está a la espera de un informe de la Autoridad del Agua.

 

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Según explicaron desde el municipio, la propuesta de la pareja cumple con la ordenanza local, “excepto en lo referido a la altura”. Es que la misma supera el plano límite permitido para esta zona.

El lote donde pretenden construir Luciano Castro y Griselda Siciliani se encuentra en la localidad de Mar de Cobo y está implantado sobre la primera línea de médanos.

Así, desde el municipio, a través de la Dirección de Obras Privadas, se brindó información técnica correspondiente a la ordenanza 24/12, que regula las obras sobre médanos. 

“La misma establece un plano límite de 5 metros, un FOS de 0,4 y la posibilidad de construir únicamente viviendas unifamiliares de un nivel. Durante la revisión técnica se constató que el proyecto excedía la altura permitida, motivo por el cual debió ser remitido al Concejo Deliberante para su tratamiento como excepción, conforme a la normativa vigente”, precisaron las autoridades locales.

 

Mar Chiquita

 

A la espera de un informe

Por otra parte, remarcaron que si bien la ordenanza en cuestión es de aplicación municipal, el organismo competente en zonas de médanos y riberas es la Autoridad del Agua (ADA). Se trata de la autoridad de aplicación del Código de Aguas. 

Por tal razón, el expediente -actualmente en tratamiento en el Concejo Deliberante- se encuentra a la espera del informe técnico del ADA, necesario para determinar la viabilidad del proyecto.

“Esta intervención se encuentra respaldada por una resolución de este año que establece la actuación del organismo en toda obra que implique una modificación material o jurídica de las condiciones actuales de las riberas marítimas o fluviales bonaerenses”, señalaron desde el municipio.

Finalmente, las autoridades locales remarcaron que la definición del proyecto no depende del Ejecutivo municipal, “sino exclusivamente del Concejo Deliberante”. Así, es el que deberá resolver la solicitud en función del dictamen del ADA y de la normativa municipal y provincial aplicable.


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