Pinamar: una cautelar dejó sin efecto la asunción del concejal Miguel Miranda

En una extensa resolución, el juez en lo contencioso administrativo de Dolores, Antonio Marcelino Escobar, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por Violeta Saquilán y dejó sin efecto la asunción de Miguel Miranda como concejal de Pinamar.

Cabe recordar que Miranda asumió en el bloque del Frente de Todos luego del fallecimiento de la edil Laura Vigliecca, por ser el siguiente en la lista de candidatos de la nómina que encabezaba Gregorio Estanga, en 2019. 

En aquel entonces, noviembre de 2020, se planteó el debate -impulsado incluso por organizaciones feministas- respecto a si Miranda debía asumir o si se tenía que respetar la paridad de género y el lugar correspondía a Saquilán.

La cuestión quedó zanjada con algunas interconsultas -no vinculantes- y la efectiva jura y asunción del edil, quien desde entonces se acopló al Concejo Deliberante de Pinamar como integrante del bloque opositor.

 

 

No obstante, ahora la Justicia resolvió dejar en suspenso esa designación y hacer lugar a la medida cautelar solicitada por Saquilán para anular el decreto dictado por Matías Yeannes, presidente del Cuerpo, respecto al reemplazo de la banca.

La dirigente política entendió que correspondía respetar la paridad de género en los casos de vacancia, según lo establece el artículo 122 del Código Electoral de la Provincia de Buenos Aires (Ley 5.109) y los artículos 3 y 7 de la ley 14.848.

Asimismo, Saquilán argumentó que disponer el reemplazo “por simple orden de corrimiento” iría en menoscabo de “la efectiva participación igualitaria y sin discriminación entre varones y mujeres en la conformación de listas y composición de los órganos legislativos”.

A esto, agregó en su presentación ante la Justicia, que la composición actual del Concejo Deliberante de Pinamar “muestra que aún con la ley de paridad vigente, las mujeres no habrían logrado la igualdad en el acceso a la representación”.




Consideraciones del juez

Al adentrarse en la medida cautelar solicitada, Escobar advirtió como primera cuestión que la “verosimilitud del derecho” estaría dada (…) por el deber del Concejo Deliberante “de garantizar la aplicación de la Ley de Paridad de Género a favor de las mujeres”.

Por ende, el magistrado entendió que “corresponde el restablecimiento a la situación anterior” al decreto suscripto por Yeannes. Es decir, la “suspensión de los efectos jurídicos del acto de asunción y juramento como concejal del Frente de Todos de Miguel Ángel Miranda”.

 

 

El juez entendió que la Ley Nº 14.848 que incorpora la participación política equitativa entre géneros para todos los cargos públicos electivos de la provincia de Buenos Aires y que el artículo 7 de la Ley Nº 14.086 indica que “las vacancias de las listas de cuerpos colegiados se cubrirán siguiendo el orden de postulación (corrimiento) de los candidatos, respetando la paridad para candidaturas del género femenino y del género masculino”.

Escobar precisó que, sin perjuicio de los antecedentes que se valió el cuerpo deliberativo para dictaminar el decreto impugnado, “no debe perderse de vista el principio de progresividad en materia de derechos humanos, en el cual cobra particular relieve los avances en la participación de mujeres en los cuerpos colegiados como resultado de la aplicación de las leyes de cuota y de paridad”.

De acuerdo al juez, remarcó en su resolución que al hacer una “interpretación razonable” de las normas, “la efectividad de una participación igualitaria y sin discriminaciones entre varones y mujeres en la conformación de listas y composición de los órganos legislativos, no se limita a la cuestión del armado de las listas para su aprobación, sino que su objetivo es lisa y llanamente la paridad en la representación política, o sea, una verdadera conformación igualitaria de tales órganos colegiados”.




“Con la medida que se dicta no se aprecia la afectación al interés público comprometido, sino más bien se propende a resguardar el respeto a la institucionalidad democrática y los derechos y garantías en implicancia”, enfatizó luego.

En la parte resolutiva, Escobar decidió hacer lugar a la medida cautelar y suspender la designación de Miranda, por lo que ordenó al Concejo Deliberante de Pinamar “abstenerse de permitir participar al mismo en futuras sesiones parlamentarias como así también impedir que el mismo intervenga en cualquier tipo de actividad legislativa”, al menos hasta que se dicte una sentencia definitiva.

 

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