Cambios en el etiquetado frontal: alertan por retrocesos en salud pública
Desde el Colegio de Nutricionistas de la provincia de Buenos Aires cuestionaron los cambios que se aplicaron en la ley de etiquetado frontal y entendieron que se trata de un retroceso en el derecho a la información y a la alimentación saludable a partir de estos cambios.
Así, dos disposiciones que emitió la ANMAT modificaron aspectos clave de la normativa y generaron fuertes críticas entre profesionales de la salud.
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Uno de los cambios más cuestionados radica en la reducción de los sellos de advertencia. La disposición 11362/2024 establece que el cálculo de nutrientes críticos -grasas, azúcares, sodio y calorías- se basa únicamente en los ingredientes añadidos durante el proceso de producción.
Así, los nutrientes presentes de forma natural -los llamados “intrínsecos”- quedan excluidos.
Según señalaron desde el Colegio de Nutricionistas, esto permite, por ejemplo, que productos como la manteca -con alto contenido de grasas intrínsecas- queden exentos de advertencias si no se les agregan otros aditivos.
Para los profesionales, esta modificación “redefine la información disponible, habilita una presentación engañosa de los productos y amplía márgenes a favor de las industrias”.
Flexibilización y falta de transparencia
La normativa también introduce cambios respecto al rotulado de edulcorantes. Según la disposición vigente, el sello será obligatorio solo si el aditivo cumple función edulcorante. Si se utiliza con otra finalidad, no será declarado.
“Quitar del rotulado información clave sobre nutrientes, sean añadidos o intrínsecos, va en contra del objetivo de brindar información clara a la población. Los excesos de nutrientes críticos, independientemente de su origen, siguen siendo perjudiciales para la salud”, sostuvo Micaela Ojeda, licenciada en Nutrición matriculada en el Colegio bonaerense.
Además, la disposición 11362/2024 derogó artículos que exigían la declaración jurada y actualizada de los rótulos. De acuerdo a especialistas, esta flexibilización dificulta la fiscalización y podría habilitar información engañosa.
La disposición 11378/2024 —centrada en promoción y publicidad— también recortó la referencia al público de niños, niñas y adolescentes hasta los 16 años. Esto, sumado a la habilitación de elementos infantiles en publicidades, generó alarma entre los profesionales. “Esto revierte uno de los avances más celebrados de la ley, que buscaba proteger a los menores de la publicidad de productos no saludables”, expresó Ojeda.

Nutricionstas advierten que los cambio en el etiquetado frontal son un retroceso para la salud pública.
Más modificaciones en la ley de Etiquetado Frontal
Otra modificación es la inclusión de ‘claims nutricionales’ si no refieren al nutriente crítico en exceso. De este modo, productos como yogures o barritas podrían incluir mensajes como ‘reducido en grasas’ o ‘light’, aunque mantengan altos niveles de otros nutrientes críticos.
Desde el Colegio de Nutricionistas consideran que los cambios muestran “una desconexión con el contexto actual” y que, lejos de fortalecer derechos, “generan mayor confusión en el consumidor”.
Organizaciones como FIC y FAGRAN ya presentaron recursos de alzada ante el ministerio de Salud. Buscan revertir las disposiciones que, a su juicio, debilitan la ley. Hasta ahora, no hubo respuesta de las autoridades.
Así, la situación exige, según especialistas, una revisión urgente de los cambios para resguardar la salud pública.
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