Fraude con tarjetas Alimentar en Pinamar: la Justicia rechazó los planteos de Yeza
El juez federal subrogante de Dolores, Martín Bava, rechazó este miércoles los planteos de incompetencia y nulidad presentados por la defensa del intendente de Pinamar, Martín Yeza, en el marco de la causa por el fraude perpetrado con las tarjetas Alimentar, por el que se malversaron al menos 2 millones de pesos.
Cabe recordar que la banda acusada de cometer los ilícitos -una empleada municipal incluida- se encuentra detenida, mientras que hay dos exfuncionarios –Javier Tumas, de licencia sin goce de sueldo, y Nora Ponce– procesados y embargados.
El jefe comunal fue llamado a indagatoria la semana pasada, pero tras vociferar por las redes que se trataba de una maniobra política, Yeza se limitó a presentar un escrito y no contestó preguntas, mientras que se plantearon una serie de nulidades que ahora fueron rechazadas por la Justicia federal de Dolores.
Según informó la agencia Télam, la defensa de Yeza, a cargo del abogado Ignacio Jakim, había planteado que la causa debía tramitar ante la Justicia local y no en el fuero federal, y había reclamado que se declare la nulidad del llamado a indagatoria porque, según su entender, “no existía motivación para que el jefe municipal sea convocado”.
Ambos planteos fueron rechazados por el juez Bava que remarcó que los hechos investigados están vinculados con presuntos daños causados a las arcas del Estado nacional, que es el promotor del programa Alimentar.
En este sentido, detalló los motivos por los que estaba imputado Yeza, a quien se le endilga, entre otras cosas, “haber ayudado al autor o partícipe a asegurar el producto o provecho del delito”.
El fraude con las tarjetas Alimentar llegó al @HCDPinamar: el oficialismo frenó una interpelación a Yeza. https://t.co/bxvBiqHOBI pic.twitter.com/FQUhC00YzA
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Lo que dicen los fallos
En dos fallos a los que accedió Télam, el magistrado recordó que los fondos públicos que se afectaron -a razón de la indebida utilización de las mencionadas tarjetas Alimentar– pertenecen al Estado nacional y tienen un fin específico, del cual aparentemente se desviaron.
“Los sucesos que se endilgan al imputado tienen relevancia por cuanto se han cometido prima facie durante su desempeño como funcionario público a cargo del municipio de Pinamar y mientras se ejecutó el Programa Nacional Tarjetas Alimentar, cuya implementación estuvo a cargo de ese municipio, de modo tal que no resulta susceptible de escisión”, sostuvo el magistrado.
“Recordemos que la hipótesis de investigación radica en que estamos ante una organización de personas que -de modo coordinado, permanente, estable, con roles y funciones diferenciadas, y mediante maquinaciones y ardides- se dedicó a cometer delitos”, remarcó el juez.
Además, subrayó que “particularmente” esos ilícitos fueron cometidos “en perjuicio de la Administración Pública nacional y de personas vulnerables que eran beneficiarias de los fondos públicos asistenciales que el Estado nacional destinaba para que adquieran alimentos”.
“La organización sustrajo fondos públicos obrantes en las tarjetas bancarias del programa Alimentar mientras se encontraban en custodia de la Dirección General de Gestión y Coordinación Territorial de la secretaría de Desarrollo Social dependientes del municipio de Pinamar, para fines particulares y distintos a los que estaban asignadas”, reseñó Bava.
Fraude con tarjetas Alimentar en Pinamar: las explicaciones de los funcionarios. https://t.co/dIDehuhBAh pic.twitter.com/y0g9FbqVE3
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Asimismo, agregó que “varios funcionarios públicos que estuvieron involucrados en la ejecución del programa nacional” ya que “omitieron realizar las diligencias necesarias y los deberes que su cargo les exigía, para controlar a sus dependientes, resguardar los efectos que tenían bajo su custodia y garantizar la efectiva entrega de las tarjetas plásticas a sus legítimos destinatarios”.
A Yeza se le imputa, “en su carácter de funcionario público, no haber ejecutado las leyes y normas cuyo cumplimiento le incumbía en función de su cargo, haber ayudado al autor o partícipe a asegurar el producto o provecho del delito, no haber individualizado al autor o partícipe de un delito ya conocido, cuando estuviere obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole y haber ayudado a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta”.
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